Establecimiento de Beneficio

ESTABLECIMIENTO DE BENEFICIO

Establecimientos de beneficio

El concepto de aprovechamiento minero engloba el conjunto de actividades destinadas a la explotación, almacenamiento, preparación, concentración o beneficio de un recurso mineral regulado en la Ley de Minas, incluyendo las labores de rehabilitación del espacio natural afectado por las actividades mineras, de acuerdo con los principios de desarrollo sostenible y de la minimización de las afectaciones causadas por el laboreo de minas.

Se considerará por lo tanto Establecimiento de beneficio como aquel establecimiento destinado a la preparación, concentración y beneficio de los recursos mineros(Art. 112 de la Ley de Minas).

Para instalar un establecimiento de beneficio(Plantas de tratamiento, Plantas de aglomerado, Plantas de hormigón, etc) es necesaria la autorización del organismo competente. Desde SIGMA realizamos todo este proceso administrativo.

Los tipos más importantes de instalaciones son:
  • Instalaciones de preparación: Tienen como finalidad la eliminación de los elementos sin valor, utilizando técnicas de trituración, molturación y clasificación, para obtener productos que se puedan vender y adecuados para su utilización directa o que sean la base para un tratamiento posterior.
  • Plantas de concentración: Tienen como finalidad la separación de la parte "buena" (tipo) del mineral, de la que no se pueden utilizar(Ganga) y de la eliminación de los elementos que puedan tener un tratamiento posterior.
  • Plantas de beneficio: Tienen como finalidad someter los recursos procedentes de yacimientos naturales o no naturales o los productos resultantes de las operaciones anteriores, al correspondiente tratamiento para la obtención o recuperación de los elementos o compuestos que sean útiles.

Referencias
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